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Decreto de emisiciones
Reglamento sobre Emisión de Contaminantes Atmosféricos Provenientes de Calderas y Hornos de tipo Directo e Indirecto, decreto N° 43184-S-MINAE
Calderas y Hornos Tipo Directo e Indirecto.
Reportes Operacionales para emisiones
CAP V del decreto , serán realizados por Ingenieros Químicos siendo los Responsables Técnicos (Art. 1 inciso 61). No se dará o renovará el Permiso de Sanitario de Funcionamiento a los entes generadores que no hayan presentado los reportes operacionales.
Registro de hornos ante el Ministerio de Salud
Toda persona física o jurídica responsable legal sobre una actividad o proceso productivo que involucre la operación de una o varias calderas u hornos de tipo directo o indirecto debe realizar el registro de éstos (ART. 7).
Cambio de Sombreros de chimeneas
Se requiere cambiar los sombreros chinos de las chimeneas por los solicitados en el Art. 16 del decreto.